1. Forma de Presentación
Comfandi cuenta con los siguientes canales para la recepción y atención de las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y reconocimientos de sus afiliados y usuarios
Canales Virtuales
Portal Web: https://www.comfandi.com.co/personas/servicio-al-cliente
Instrucciones para radicar una Petición en el portal web:
- Aceptar el tratamiento de datos personales dando click en el espacio disponible
- Seleccionar el tipo de Solicitud: Sugerencia, Información, felicitación o Queja
- Seleccionar el Servicio por el cual está radicando su petición
- Seleccionar el motivo de la Solicitud con el fin de preclasificar su petición.
- Diligenciar los datos del peticionario, entre dichos datos se encuentran los nombres y apellidos completos, documento de identidad y dirección de correspondencia, que podrá ser física o electrónica.
- Registrar el objeto y las razones de la petición.
- Puede adjuntar documentos de ser necesario; si comprenden información necesaria y requerida por ley, la autoridad puede rechazar la petición por la falta de estos.
- Si selecciona la opción de Solicitud anónima no será necesario diligenciar los datos de contacto y su petición será tratada conforme a lo dispuesto en la siguiente normativa: artículo 38 de la Ley 190 de 1995; artículo 69; de la Ley 734 de 2002 y artículo 81 de la Ley 962 de 2005.
Redes Sociales
Instagram: https://www.instagram.com/comfandi
Facebook: https://www.facebook.com/comfandi
Twitter: https://twitter.com/comfandi
Canal Telefónico
Línea de Atención Contact Center en Cali 602 485999 Línea Gratuita Nacional: 01 800 096 8410 (Horario de atención: Lunes a viernes de 7:30 am a 6:00 pm y sábados 8:00 am a 12:00 pm, en jornada continuada) La atención fuera de estos horarios se brinda a través del buzón automático 24/7.
Buzones de Sugerencias virtual.
Presencial: Por medio del canal de atención presencial, los usuarios pueden realizar sus solicitudes de forma escrita y verbal. Comfandi, cuenta con diferentes puntos de atención al usuario CIS (Centros integrados de servicios) y US (Unidades de Servicio):
Oficina |
Dirección |
Horario de atención al público |
---|
CIS El Prado - Cali |
Cra 23 # 26B - 46 |
Lunes a Viernes de 7:30 a 11:30 am y de 1 a 4:30 pm |
CIS Centro Cultural - Cali |
Cl 8 # 6 - 23 |
Lunes a Viernes de 7:30 a 11:30 am y de 1 a 4:30 pm |
CIS Palmira |
Calle 32 A # 28 - 03 Pi-2 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
CIS Buenaventura |
Cra 2 # 2 - 39 Piso 1 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
CIS Buga |
CL 5 # 16 - 78 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
CIS Tuluá |
Cll 26 # 21 - 20 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
CIS Cartago |
Cra 5 # 9 - 38 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
US Roldanillo |
Cra 9 # 7 - 46 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
US Zarzal |
Cra 8 # 9-116 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
US Bugalagrande |
Cra 5 # 6 - 21 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
US Sevilla |
Cll 51 # 48 - 37 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
US Caicedonia |
Cll 7 # 15 - 40 |
Lunes a Viernes de 8 a 11:30 am y de 1:30 a 4 pm |
2. Constancia del radicado de la petición
Una vez recibida la petición, al correo electrónico del peticionario le llegará una notificación indicando el código de radicado con el cual podrá realizarle seguimiento.
3. Consulta del estado de la petición
El peticionario podrá consultar el estado de su petición haciendo CLIC AQUÍ donde debe digitar su código de radicado y su número de identificación
4. Plazo de Respuesta
El plazo máximo para responder las solicitudes de interés general, quejas, reclamos o sugerencias es de 15 días hábiles.
5. Normativa
- Constitución Política de Colombia, artículo 23: Derecho de Petición
- Ley 1755 de 2015: Desarrolla y reglamenta el derecho de petición.
- Decreto 1166 del 19 de Julio del 2016: reglamenta el Derecho de Petición verbal
- Decreto 491 de 2020: Ampliación de términos para resolver las peticiones en tiempos de COVID 19
- Artículo 38 de la Ley 190 de 1995; artículo 69; de la Ley 734 de 2002 y artículo 81 de la Ley 962 de 2005.: Para la presentación de quejas anónimas relacionados con asuntos penales, disciplinarios , fiscales, acciones jurisdiccionales y administrativas, se seguirá lo dispuesto en la normativa relacionada
Nota: Recuerde que no puede presentar peticiones de manera irrespetuosa.